¿Qué pasa si no puedes pagar un préstamo o deuda personal?
Cuando atravesamos por dificultades económicas y empiezan a no cuadrarnos las cuentas, es importante no dejar de pagar ciertos recibos, como los referentes a los préstamos y las hipotecas. Según recomiendan los expertos, dado que el impago de las deudas personales personas conlleva una serie de consecuencias, como el pago de comisiones, muy elevadas en algunos casos, pagar este tipo de cuotas mes a mes debe ser una prioridad a tener en cuenta antes que otro tipo de gastos.
Además, normalmente el impago de la cuota de un préstamo soluciona poco o nada la situación, ya que provoca que la deuda aumente y que nuestra situación económica quede un poco más fuera de nuestro control. Será una solución temporal pero que, a la larga, será mucho más grave y las consecuencias de no hacer frente a las deudas personales provoquen problemas de todo tipo, como veremos a continuación.
Esto es todo lo que puede pasar si no devuelves tu préstamo financiero
Para empezar, recurrir a los préstamos es una opción habitual, pero nada recomendable desde el punto de vista financiero, ya que los altos intereses de devolución hacen que mes a mes estemos cada vez más ahogados y con menos capacidad económica. Muchas veces es inevitable tener que solicitar financiación, sobre todo cuando se trata de bienes de cantidades importantes, como pueden ser viviendas o coches.
Los intereses de demora
Si los intereses “normales” de devolución ya suelen suponer una cuantía importante, los de demora son ya, en muchos casos, inasumibles. En cuanto se deja de pagar una cuota del préstamo en cuestión, la entidad financiera que nos lo concedió empieza a cobrar estos intereses, que se suman a los del préstamo en sí y se van acumulando mes a mes, con lo que la deuda irá irremediablemente en aumento.
En el momento de la contratación del préstamo, debemos ser conscientes de los intereses de demora que tendrá el impago de alguna de sus cuotas, para hacernos una idea de las consecuencias.
La reclamación judicial
Independientemente de los intereses de demora, cuando se acumulan más de 3 meses de impagos, la entidad financiera puede iniciar acciones legales para el recobro de la deuda. Aunque, por norma general, se suelen esperar alrededor de seis meses para empezar el proceso de reclamación judicial.
Una vez se presenta la reclamación judicial, todo queda en manos de los tribunales que, dependiendo del importe y de las condiciones del crédito, tomarán una decisión u otra, aunque lo más frecuente es que decreten el embargo judicial de los bienes del deudor hasta completar la deuda pendiente.
El embargo de bienes
Como hemos mencionado en el punto anterior, el embargo de bienes suele ser una de las principales consecuencias de no hacer frente a las deudas personales.
Cuando se contrata un préstamo, nos comprometemos a avalar con nuestros bienes en caso de que no se devuelva según lo acordado. Por lo tanto, si no se pagan las cuotas correspondientes, tendremos que responder con nuestros bienes, que pueden ser casas, coches, joyas o nuestra nómina.
La concesión de algunos préstamos requiere de la inclusión de un avalista, lo cual es muy importante tener en cuenta en caso de no hacer frente a las deudas personales. Si se produce un impago, la entidad no solo irá contra quien contrató el préstamo, sino también contra sus avalistas, que responderán igualmente con sus bienes si no lo hace el titular del crédito.
Es importante destacar que existen bienes inembargables, como las herramientas de trabajo o la nómina, si esta se encuentra por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Tampoco se pueden embargar los enseres personales, como la ropa, los mueble o el menaje. Si quieres más información sobre los bienes inembargables, no te pierdas nuestra entrada al respecto en el siguiente enlace.
La inclusión en ficheros de morosidad
Cuando se deja de pagar un préstamo, la entidad que lo concedió comunica a los llamados fichero de morosidad los datos del deudor para que lo incluyan. Esto tiene más consecuencias de las que podamos pensar, ya que estar incluido en uno de estos listados impide tener acceso a cualquier tipo de crédito o financiación, lo que no ayuda en absoluto a encontrar solución a los impagos ni a conseguir solvencia.
Es importante tener en cuenta que los bancos no suelen acudir a los ficheros de morosidad en primera instancia, puesto que, por norma general, son más partidarios de intentar alcanzar una solución directamente con el cliente. Pero los prestamistas privados y algunas entidades de crédito sí que lo hacen. Además, los ficheros de morosidad tipo ASNEF o RAI son públicos y todas las entidades financieras y similares tienen acceso a ellos, son lo que es prácticamente imposible acceder a nuevas vías de financiación que nos permitan saldar las deudas pendientes. También acceden otro tipo de empresas, como aseguradoras o de telefonía, con lo que las consecuencias de ser incluido en un fichero de morosidad por no hacer frente a las deudas personales pueden ir mucho más allá de lo que se podría pensar en un primer momento.
La ley de Segunda Oportunidad, una manera de empezar de cero
Si las consecuencias de no hacer frente a tus deudas personales es inviable de gestionar para ti, existe un mecanismo legal que permite cancelar tus deudas y empezar desde cero: la Ley de Segunda Oportunidad.
Para poder acogerse a este procedimiento es necesario cumplir con una serie de requisitos, como haber intentado abonar las deudas o, al menos, llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores, no tener antecedentes penales o no haberla pedido en los diez años anteriores.
Acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad es un proceso largo y complejo que mucha gente desconoce, pero cada vez más personas han conseguido empezar de cero a nivel financiero gracias a esta.