Un cordobés cancela más de 500.000 euros que debía gracias a la Ley de la segunda oportunidad
La posibilidad de cancelar las deudas pendientes que ofrece la Ley de Segunda Oportunidad permite a muchas personas poder empezar de cero sin ese lastre económico que les mete en un callejón sin salida. Ese es el caso de este cordobés que ha podido iniciar una nueva vida tras encontrarse en una situación muy comprometida, sin empleo y con sus acreedores negándose a renegociar sus deudas.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
Es una herramienta legal que entró en vigor en 2015 y que, desde entonces, ha permitido que más de 15.000 personas hayan podido cancelar sus deudas. Recientemente se ha modificado, con una serie de cambios sustanciales que hacen que el proceso sea más sencillo, ágil y económico para los afectos.
La gran mayoría de las personas que se han acogido a la Ley de Segunda Oportunidad lo ha hecho a raíz de la pandemia, debido a la gran crisis económica que provocó y que hizo que muchas empresas tuvieran que cerrar o estuvieran a punto de hacerlo.
La Ley de Segunda Oportunidad (LSO) permite que las personas físicas puedan cancelar una parte o la totalidad de sus deudas. Una de las características principales de esta norma son los requisitos que los solicitantes tienen que cumplir para poder acogerse a ella, como que las deudas no superen los 5 millones de euros o que se haya intentado llegar a un acuerdo de extrajudicial de pagos con los acreedores para ir abonando la deuda poco a poco, entre otras condiciones.
¿Qué tipos de deudas se pueden cancelar con la Ley de Segunda Oportunidad?
Gracias a la LSO se podían cancelar algunos tipos de deudas, pero no todas, hasta la entrada en vigor de la reforma actual. Por ejemplo, con la primera versión de la ley, no se podían acoger las deudas derivadas de impagos con la Agencia Tributaria o la Seguridad Social. La reforma de 2022 incluye que se pueden perdonar hasta 10.000 euros de las deudas contraídas con cada una de estas entidades, aunque si la deuda supera ese importe, habrá que abonarlo de todas formas.
A parte de esto, no existen más límites económicos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, salvo que la deuda no supere los 5 millones de euros.
Una deuda de 500.000 que no paraba de crecer
La situación de la persona cuyo ejemplo recogemos en este artículo era extrema, ya que no tenía trabajo y las financieras con las que tenía deudas se negaron a llegar a un acuerdo para refinanciar las deudas.
Este hombre, natural de la provincia andaluza de Córdoba, tenía una empresa que quebró, con lo que se quedó sin trabajo. En tan solo unos meses vio cómo su economía empezaba ir a la deriva y no podía hacer frente a sus pagos, lo que hacía que las deudas fueran aumentando a causa de los intereses.
Los acreedores de las empresas con las que había contraído la deuda no quisieron llegar un acuerdo para renegociar las condiciones de pago para poder establecer un plan para ir abonándolas poco a poco. Las reclamaciones por impago y las amenazas de embargo se le iban acumulando, llegando a una situación insostenible.
La solución: acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
Sumido en la desesperación y ahogado por las deudas, este cordobés acudió a una organización especializada en este tipo de casos, la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Tras asesorarse con su departamento legal, decidió solicitar la tramitación de la Ley de Segunda Oportunidad para intentar cancelar sus deudas y salir de esa situación totalmente insostenible.
Mientras tramitaba la solicitud para acogerse a este mecanismo, recibió la notificación del embargo de su vivienda. Pero ni siquiera así se le cancelaban las deudas, ya que la cantidad superaba al valor de la vivienda. Con la Ley de Segunda Oportunidad, el embargo de la vivienda podría suponer la cancelación del resto de deudas contraídas, aunque el importe fuera mayor que el del inmueble.
¿Qué pasos siguió para conseguir que le cancelaran las deudas?
El primer paso que se dio en este caso fue la presentación de un preconcurso de acreedores, con el objetivo de detener la orden de embargo sobre la vivienda que había recibido. El siguiente paso, según la Ley Concursal vigente en ese momento, fue intentar llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos, que resultó negativo, ya que los acreedores se negaron a renegociar la deuda.
Con la reforma de la Ley Concursal que ha entrado en vigor a finales de 2022 ya no es obligatorio intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos, así que el proceso es mucho más ágil y económico que antes.
Dada la situación, el deudor solicitó al Juzgado competente, en este caso el de Córdoba, la cancelación de sus deudas. El 26 de septiembre de 2022, el Juzgado de lo Mercantil de la ciudad dictó sentencia al respecto, aceptando que se acogiera a la Ley de Segunda Oportunidad.
Los términos de la sentencia de la Ley de Segunda Oportunidad
Gracias a su petición y a la resolución favorable por parte del Juzgado de lo Mercantil de la capital cordobesa, el hombre consiguió que se le cancelaran todos los créditos reconocidos, además de los no reconocidos en la solicitud y anteriores a la declaración del concurso de acreedores.
Esto se pudo hacer porque el deudor cumplía con todos los requisitos que exigía la Ley de Segunda Oportunidad en el momento de iniciar los trámites, ya que la reforma concursal de este año ha cambiado las condiciones. Es decir, pudo demostrar que había llevado a cabo la liquidación de su patrimonio, con lo que ya había pagado a sus acreedores todo lo posible. El importe total de la deuda no superaba los 5 millones de euros, otras de las condiciones, al igual que se demostró que el hombre no era culpable, que n se había acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en los 10 años anteriores y que no tenía antecedentes penales.